(+01) 468-2605 948 044 565

Empresas podrán reducir el sueldo de sus trabajadores pero ¿bajo qué condiciones?

22 septiembre, 2016

De acuerdo a una sentencia emitida por la Corte Suprema, la rebaja de sueldos se podrá dar siempre y cuando sea acordado entre las dos partes.

La Corte Suprema estableció que una empresa puede reducir la remuneración de sus trabajadores con o sin acuerdo con su trabajador (Cas. Lab. 489-2015-Lima).

La sentencia emitida precisa que para que el empleador pueda reducir el sueldo del trabajador de manera unilateral debe expresar los motivos por los que procede, por ejemplo, garantizar la estabilidad y el equilibrio económicos, si se realiza de forma unilateral.

Y en el caso que el empleador llegue a un acuerdo con el trabajador para la reducción del salario, tendrá que garantizar tres condiciones mínimas. Primero, la reducción de remuneraciones no puede ir por debajo de la remuneración mínima vital (actualmente S/ 850), monto mínimo indisponible.

En segundo lugar, la reducción debe responder a circunstancias objetivas (económicas financieras o de otra índole debidamente sustentada).Y en tercer lugar, debe ser autorizada por el trabajador de forma expresa, sin que deje lugar a dudas de su voluntad, lo que implica que no medie intimidación, coacción y/o violencia que vicien su manifestación de voluntad.

Este fallo deja de lado criterios anteriores respecto a la imposibilidad de reducir la remuneración, aun si esta reducción fuese consensuada, tal como se estableció en el precedente de la Corte Suprema fijado en la casación N° 1781-2005-Lima.

Fuente: Diario Gestión: 21 Setiembre 2016

Etiquetas: , ,

Contacto

Email:
contacto@magall.pe
Teléfono:
(+01) 468-2605  /  948 044 565
Dirección:

Cooperativa de Vivienda La Libertad

Mz. D Lt. 35 – Los Olivos – Lima

 

Estamos a la altura de la cuadra 30 de la Av. Universitaria en Los Olivos.

 

Llámenos o escríbanos hoy para programar una primera consulta GRATUITA.

CONTÁCTANOS AHORA